ALIANZA SURA - FETROPI

Seguros Sura y El Fondo de Empleados C.I Tropical S.A seguimos brindando un seguro a tu medida.

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En SURA te acompañamos en esos eventos de imprevistos que puedas tener la tranquilidad de seguir disfrutando la vida al estar protegido.

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Cuando un asociado decide protegerse con SURA no solo asegura sus finanzas, también asegura momentos llenos de tranquilidad, plenitud y bienestar a largo plazo.

Coberturas

1. Vida
Fallecimiento por cualquier causa. En caso de un asociado muera SURA pagará a sus beneficiarios el valor asegurado.

2. Muerte Accidental
Si mueres como consecuencia de un accidente SURA pagará a sus beneficiarios una indemnización adicional a la pagada por la cobertura de vida.

3. Invalidéz...
INVALIDEZ, PÉRDIDA O INUTILIZACIÓN POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE: Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad quedas inválido, es decir, pierdes de forma permanente el 50% o más de tu capacidad laboral.

4. Invalidéz (acciente)...
INVALIDEZ, PÉRDIDA O INUTILIZACIÓN POR UN ACCIDENTE: Si como consecuencia de un accidente quedas inválido o sufres una pérdida o inutilización SURA te pagará una indemnización adicional a la pagada por la cobertura de Invalidez por Enfermedad o Accidente. Adicionalmente, si sufres una pérdida o inutilización de un dedo recibirás el 20% si se trata del pulgar y 10% si se trata de cualquier otro.

5. Enfermedades Graves
ENFERMEDADES GRAVES: Si te diagnostican por primera vez cualquiera de las siguientes enfermedades o se te realizan cualquiera de los siguientes procedimientos SURA te pagará el valor asegurado:
  • Enfermedades:
    • Infarto al Corazón
    • Cancer / Leucemia
    • Cirugia Arteriocoronaria
    • Dfermedad Cerebrovascular
    • Enfermedad Renal Crónica
    • Transplante de hígado, corazón, médula ósea, páncreas, pulmón e instentido delgado
    • Quemaduras de tercer grado
    • Esclerosis Múltiple
    • Estado de coma
    • Aplasia medular
    • Traumatismo mayor de la cabeza
    • Enfermedad de Alzheimer
    • Enfermedad de Parkinson

    6. hospitalización/Cirugía
    RENTA POR HOSPITALIZACIÓN / CIRUGIA: Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad te hospitalizan SURA te pagará desde el primer día una renta diaria. Adicional si te practican una cirugía ambulatoria SURA te pagará un día de renta y como consecuencia de una hospitalización o una cirugía ambulatoria tu EPS te incapacita, SURA te pagará el 50% del valor de un día de renta hasta por seis días.

    7. Maternidad o Paternidad
    AUXILIO POR MATERNIDAD O PATERNIDAD: Por el nacimiento y supervivencia de un hijo SURA te pagará el valor asegurado. Esta cobertura está sujeta a que la hayas contratado antes del inicio del embarazo y solo se pagará una vez por vigencia.


    Notas para facilitar el proceso de Reclamaciones de Vida y Rentas.

    1. Tiempo de respuesta de Reclamaciones Vida y Rentas

    Hoy, el 80% de los casos del proceso de Reclamaciones se atienden en menos de 20 días, contados desde la apertura del reclamo hasta el desembolso al cliente.  

    2. Servicio de Atención de Urgentes Reclamaciones Vida y Rentas.

    Te invitamos escalar las reclamaciones con tu asesor asignado: Luisa Giraldo Cel: 3147355771.

    3. Solicitar reestudio de un siniestro

    A través del buzón de Indemnizaciones SURA (indemnizaciones@sura.com.co) Debe indicar: Número de siniestro o expediente que se desea reaperturar. Argumento o la razón por la cual se solicita el pago o ajuste.

    4. ¿Qué hacer si el pago de un Siniestro fue generado por caja y se requiere modificar la vía pago?

    Bolsillo y Sucursal Virtual SURA: Permiten modificar pagos de Reclamaciones Vida ya generados por caja o en otras cuentas bancarias